LosCentros Especiales de Empleo ayudan a las empresas a cumplir la Ley General de Discapacidad. Los Centros Especiales de Empleo son organizaciones que funcionan con las mismas normas y obligaciones que cualquier empresa. Por regla general son proyectos empresariales de emprendedores que no sólo buscan una legÃtima
Eneste artÃculo explicamos las consecuencias de faltar al trabajo, por decisión propia, con el fin de forzar un despido disciplinario y tener derecho a cobrar la prestación por desempleo.. Concretamente, te aclaramos qué ocurre si no acudes al trabajo durante tres dÃas seguidos y el empresario decide echarte. Y qué otras posibilidades pueden darse
Cuándohay que hacer un despido colectivo o ERE. El Estatuto de los Trabajadores en su artÃculo 51 regula el despido colectivo, también conocido como Expediente de Regulación de Empleo -ERE- de extinción. La empresa está obligada a realizar un despido objetivo cuando existen causas objetivas de carácter económico, técnica, organizativa
E Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artÃculo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen
Ladeshonestidad, robo, fraude, espionaje, calumnia y más, son considerados como un comportamiento no ético y que sin duda puede ser causa de despido. Esto se da más en las empresas que son más pequeñas ya que todos sus trabajadores aportan algo importante para que esta empresa siga trabajando, entonces no puede seguir teniendo
UnCentro Especial de Empleo (CEE), también denominado CET (Centro Especial de Trabajo), es una empresa que contrata a personas con algún tipo de discapacidad. La discapacidad puede ser de cualquier tipo (sensorial, fÃsica, psÃquica e intelectual), dependiendo del tipo de trabajo y de las tareas y funciones que éste conlleva.
Deun lado, la integración directa en el mercado abierto ordinario de trabajo y de otro la integración en el mercado protegido a través de centros especiales de empleo. Las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores fijos en sus plantillas deben emplear a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su
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te pueden despedir de un centro especial de empleo